El pasado mes de diciembre de 2024 fueron promulgadas las Providencias 102 y 121 del SENIAT. En las mismas se establecían nuevas pautas relativas a los medios de facturación y a las facturas emitidas por determinados tipos de contribuyentes. Hoy, nueve meses después, creo oportuno resumir las conclusiones prácticas más destacadas con respecto a este tema. Veamos:
Facturación física y facturación digital
En la actualidad, en Venezuela, coexisten dos tipos de facturación: la física y la digital. Ambos tipos están regidos por lo establecido en las Providencias SNAT/2011/071, del 8 de noviembre de 2011, y las mencionadas SNAT/2024/102 y SNAT/2024/121, del 19 de diciembre de 2024.
¿Cómo puedo realizar la facturación física?
La facturación física se puede llevar a cabo de tres maneras diferentes:
- Sobre formatos elaborados por imprentas autorizadas por el SENIAT
- Sobre formas libres elaboradas por imprentas autorizadas por el SENIAT
- Mediante máquinas fiscales
¿Quién puede utilizar los formatos? ¿Qué características tienen?
Los formatos elaborados por imprentas autorizadas tienen las siguientes características:
- Son talonarios de facturas impresos por una imprenta autorizada por el SENIAT
- La factura es realizada manualmente (manuscrita), sin utilizar ningún medio informático ni sistema administrativo.
- Los talonarios traen el número de factura y el número de control impreso desde la imprenta.
- La factura no contiene la leyenda “Forma libre”. Esta acotación es muy importante, ya que se puede prestar a confusión. Tengo un cliente que contaba con varios proveedores que tenían facturas media carta, muy similares a los formatos, pero que eran formas libres. Algunos de ellos no entendían por qué no podían seguir usando sus talonarios, como hasta ahora, si las facturas eran “casi idénticas” a las del otro proveedor.
- Es una alternativa válida para las personas que no tienen posibilidad de adquirir un sistema de facturación homologado.
- Las personas que venían facturando en forma libre pueden acogerse a este tipo de formatos. Deberán habilitar una nueva serie de facturas, que comience en el número uno (1), pero mantenga el número consecutivo de control.
¿Qué características tienen las formas libres?
- Son formas impresas por una imprenta autorizada por el SENIAT
- Cuentan con la leyenda “Forma libre”
- Traen pre impreso el número de control y demás requisitos establecidos en el Artículo 31 de la Providencia 071. Es importante acotar que las imprentas deben informar a la Administración Tributaria, periódicamente, sobre los números de control asignados a cada contribuyente.
- Las formas libres deben ser elaboradas, de manera exclusiva, utilizando un sistema de facturación homologado por el SENIAT. Para conocer la lista actualizada de sistemas autorizados, puede visitar el siguiente enlace: https://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT/03TRIBUTOS/3-5.html
- Las hojas de cálculo y/o los procesadores de texto, tipo Excel y Word, no son considerados medios de facturación válidos.
- El sistema administrativo es el que asigna, de manera automática, el número de documento. Para ello se le indica, en el momento de la implementación, el último número de factura/nota de crédito/nota de débito/guía de despacho, realizado.
- Deben contener la leyenda “Este documento va sin enmendadura o tachadura”
- Las formas libres pueden ser utilizadas, además de para emitir facturas, para realizar Notas de Crédito, Notas de Débito y/o Guía de Despacho.
¿Cómo se clasifican las máquinas fiscales?
Las máquinas fiscales se pueden clasificar en: