12 Claves sobre los diferentes tipos de declaración de ISLR en Venezuela

Hoy seguiremos aportando claves acerca de las declaraciones del ISLR. Para ello comenzaremos hablando sobre sus diferentes tipos. Así:

1.- Existen cuatro tipos de declaraciones de ISLR:

  • Declaración Definitiva de Rentas.
  • Declaración Estimada de Rentas.
  • Declaración Sustitutiva
  • Declaración Informativa 

2.- La declaración definitiva de rentas es aquella que se presenta una vez ha finalizado el ejercicio fiscal. Para ello, el contribuyente tiene un plazo máximo de tres (3) meses a partir de la fecha de cierre. Es oportuno acotar que la legislación venezolana le permite a las personas jurídicas  tener cierres contables diferentes al año calendario. 

3.- La declaración estimada la presentan las personas jurídicas que dentro del año inmediatamente anterior al ejercicio en curso, hayan obtenido enriquecimientos netos superiores a 1.500 Unidades Tributarias (UT). Es decir, los contribuyentes que no hayan llegado a ese mínimo no deben presentar este tipo de declaración. Para ello, se cuenta con seis (6) meses a partir de la fecha de cierre. Es muy importante recordar que los contribuyentes calificados como especiales tienen sus propios calendarios de acuerdo a su número de Registro de Información Fiscal (RIF). 

4.- Las personas naturales presentan declaración estimada sólo cuando hayan obtenido enriquecimientos superiores 1.500 U.T. provenientes de:

  • Actividades mercantiles o crediticias
  • Libre ejercicio de profesiones no mercantiles
  • Arrendamiento o subarrendamiento de bienes muebles o inmuebles
  • Participación en las utilidades netas de las sociedades de personas o comunidades no sujetas al pago de impuesto establecido en la LISLR.

Especial mención tienen las personas naturales que han sido designadas contribuyentes especiales

5.- Los contribuyentes que se dediquen a realizar actividades mineras o de hidrocarburos y conexas, sean perceptores deregalías derivadas de dichas explotaciones u obtengan enriquecimientos provenientes de la exportación de minerales, hidrocarburos o sus derivados, deberán presentar declaración estimada cuando hayan obtenido enriquecimientos netos superiores a 1.000 U.T.

Igual obligación tienen los contribuyentes que obtuvieron enriquecimientos superiores a 1.000 U.T., cuando su ejercicioinmediato anterior haya sido menor de un (1) año.

6.- La declaración sustitutiva es aquella que se elabora con el fin de subsanar alguna deficiencia de una declaración presentada anteriormente. Este tipo de declaraciones se elabora, entre otros, en los casos en que la declaración inicial señale enriquecimientos menores a los realmente causados.

En febrero 2.016, cuando se emitió el decreto de exoneración de las 3.000 UT para las personas naturales,  muchos contribuyentes ya habían realizado su declaración definitiva de rentas 2.015, por lo que debieron presentar una sustitutiva para poder acogerse a dicho beneficio. El monto cancelado en exceso, de acuerdo al nuevo cálculo, quedó a su favor y pudo ser utilizado en la declaración presentada este año.

7.- La declaración informativa, como su nombre lo indica, notifica al Fisco acerca ...

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