13 Tips para calcular el IVA a pagar y el prorrateo de los créditos fiscales

Este artículo lo voy a dedicar a  los aspectos de fondo para  calcular el IVA a pagar, cumpliendo cabalmente  con la ley. En función de esto debemos considerar los siguientes puntos:

1.- Solo las actividades definidas como hechos imponibles (ver 6 Claves sobre tarifas y exenciones del IVA en Venezuela), que generan débito fiscal (IVA facturado en las ventas) o se encuentran sujetas a alícuota cero (exportaciones) tendrán derecho a la deducción de los créditos fiscales (IVA generado en las compras). Es decir, si su negocio vende solamente productos exonerados o exentos los créditos fiscales son considerados parte de sus costos o gastos.

2.- Para que el IVA que pagamos en las compras sea deducible se tienen que cumplir las siguientes pautas:

  • Corresponda a costos, gastos o egresos propios de la actividad económica habitual del contribuyente, es decir sean erogaciones necesarias para el desenvolvimiento del negocio. Por favor, no incluya aquí los gastos de sus mascotas, a no ser que las mismas sean parte del equipo de vigilancia de los galpones donde realiza sus actividades empresariales.
  • No exceda el impuesto que es legalmente procedente
  • Esté soportado con documentos que cumplan los requisitos mínimos establecidos por las leyes, es decir, facturas y demás documentos emitidos de acuerdo a las providencias emanadas del SENIAT. 

3.- El derecho a deducir el IVA de una compra se pierde una vez han transcurrido más de doce (12) meses de emitida la factura, realizada la declaración de aduanas o del pago del impuesto en servicios recibidos del exterior. 

4.- No son deducibles los créditos fiscales incluidos en compras que presenten las siguientes características:

  • Las facturas sean falsas o no fidedignas
  • Las compras no estén vinculadas directa y exclusivamente con las actividades del negocio.
  • Las facturas correspondan a servicios de comidas y bebidas y espectáculos públicos. 

5.- Se consideran que no están vinculadas al negocio: 

  • Bienes que se destinen a actividades no empresariales por tiempos alternativos
  • Bienes que se destinen simultáneamente a actividades empresariales y privadas, por ejemplo, el vehículo que se adquiere a nombre de la empresa y se utiliza para el reparto de la mercancía pero que los fines de semana lo utilizan los accionistas en actividades privadas.
  • Bienes o derechos que no figuren en la contabilidad del contribuyente, tal es el caso del IVA cancelado por la lancha del socio que además fue adquirida a su nombre…
  • Bienes utilizados por los accionistas de las empresas, sus familiares o el personal dependiente de los mismos. Tuve un cliente que deseaba contabilizar dentro de la empresa la compra y su correspondiente IVA, de una hermosa mesa de billar que tenía en el salón de juegos de su casa… 

6.- Los créditos fiscales que se originen en la adquisición de bienes y servicios usados solo en parte en la realización de operaciones gravadas...

Les invitó a seguir leyendo este artículo en el siguiente enlace: http://www.rodriguezc.com/portal/13-tips-para-calcular-iva-pagar/

Más publicaciones de interés