14 Claves sobre las obligaciones fiscales de la empresa venezolana

Debido a la variedad de impuestos y pautas legales que deben cancelar las empresas venezolanas en el primer semestre de cada año, consideré muy útil hacer un resumen que facilitara su visualización y ayudase a en su planificación. Comencemos entonces…

1.- El 14 de diciembre de 2018, fue publicado en la Gaceta Oficial No. 41.546, el calendario de contribuyentes especiales correspondiente al año 2019. Si su empresa pertenece a este tipo de contribuyentes deberá estar muy atento a las fechas vigentes para las declaraciones de Impuesto Sobre La Renta correspondientes al ejercicio 2.018.

2.- Con respecto al ISLR, nuestra sugerencia inicial es que solicite a sus clientes, con la mayor premura posible, loscomprobantes de retención correspondientes al ejercicio 2.018. Recuerde que son sus soportes del impuesto cancelado anticipadamente. De igual forma, revise cuidadosamente el impuesto no utilizado en años anteriores que pudiera tener a su favor y los anticipos cancelados semanalmente, desde septiembre 2018. Para ello, consulte en la página del SENIAT (www.seniat.gob.ve) los números de su empresa y compárelos con las cifras registradas en su contabilidad. Cualquier discrepancia debe ser analizada y conciliada de inmediato.

3.- Durante todo el año 2019, los contribuyentes especiales deben declarar y cancelar las retenciones del IVA (Impuesto al Valor Agregado) de manera semanal, en las fechas establecidas en el calendario publicado en la Gaceta Oficial No. 41.546.

4.- También sigue vigente la normativa de cancelar las declaraciones de IVA y los anticipos de ISLR, de los contribuyentes especiales, a través de una declaración semanal. Para los anticipos de ISLR se tomarán como base los ingresos de la semana inmediatamente anterior, declarados en la planilla del IVA. Este anticipo es del 1% para los contribuyentes que se dediquen a actividades diferentes a las desarrolladas por el sector bancario y de seguros y del 2% para este sector.

5.- Los anticipos de ISLR y las declaraciones de IVA se cancelarán en los días hábiles de la semana. La primera porción deberá ser pagada junto con la declaración y el resto de porciones se pagarán en las fechas indicadas en los compromisos de pago emitidos por la página del SENIAT. Para ampliar esta información le sugerimos leer 8 Claves para declarar y pagar los anticipos de IVA e ISLR.

6.- Deben cancelar el aporte previsto en la LOCTI, las personas personas jurídicas, entidades privadas o públicas, domiciliadas o no en la República que realicen actividades económicas en el territorio nacional que hayan obtenido ingresos brutos anuales superiores a cien mil Unidades Tributarias (100.000 U.T.) en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Esto incluye:

  • Las compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada.
  • Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho.
  • Las asociaciones, fundaciones, corporaciones, cooperativas y demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los numerales anteriores.
  • Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional, pertenecientes a empresas no domiciliadas.

7.- Los aportes previstos en la LOCTI se regirán por ...

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