A pesar de que la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) lleva entre nosotros varios años, es oportuno señalar algunas claves para realizar la declaración anual, correspondiente al ejercicio 2021, de la manera más ágil y productiva posible. Comencemos pues:
Tributo Parafiscal
La LOCTI es un tributo parafiscal, ya que lo recaudado no se destina a las arcas del Tesoro Nacional sino a un fondo particular (FONACIT) cuyo objetivo es financiar los proyectos de ciencia, tecnología e innovación.
La Unidad Tributaria como base de cálculo
Aunque el uso de la Unidad Tributaria quedó limitado a los impuestos nacionales que son competencia del SENIAT, la LOCTI vigente para la declaración del 2021 establece el nacimiento de la obligación tributaria cuando los ingresos brutos son superiores a 100.000 U.T. El valor de la Unidad Tributaria que aquí aplicaría sería tendiente a cero, luego de los procesos de reconversión monetaria y por ello, todas las entidades estarían, virtualmente, obligadas a pagar este aporte parafiscal. Por otro lado, si consideramos el valor de la Unidad Tributaria para el 31-12-2021 (Bs. 0,02) cualquier entidad con ingresos superiores a Bs. 2.000,00 es contribuyente de este aporte.
Base de cálculo para el aporte previsto en la LOCTI 2021
Debemos recordar que, para efectos de la LOCTI, los otros ingresos han pasado a formar parte de la base imponible de este Ley. Así pues, no solo debemos considerar los ingresos obtenidos por el desarrollo propio del negocio sino también los ingresos que pudieran originarse por actividades esporádicas o no relacionadas directamente con el mismo. Por ejemplo, los ingresos obtenidos por intereses devengados en colocaciones bancarias, diferenciales cambiarios e ingresos por venta de activos fijos.
Ingresos exentos y exonerados
Es muy importante el destacar que ingresos que para otras leyes pudieran estar exentos u exonerados, son gravables para la LOCTI, tal es el caso de los ingresos obtenidos por el sector primario.
Revisiones y fiscalizaciones del FONACIT
La revisión de este tipo de aporte es muy fácil y directa. El FONACIT tan solo debe comparar los ingresos brutos reflejados en las declaraciones de ISLR contra los declarados en su website, a fin de determinar si existen discrepancias obvias entre las dos informaciones, para un mismo periodo. Así pues, los ingresos utilizados para realizar el cálculo de la LOCTI deben ser los mismos que los declarados ante el SENIAT.
¿Qué casillas de la declaración de ISLR debo considerar?
Las casillas de la declaración de ISLR utilizadas por el FONACIT para contabilizar los ingresos son:
- 711 – Total Ingresos Netos (Territoriales)
- 780 – Total Ingresos Netos de Fuente Extraterritorial
- 970 – Total Ingresos Netos Exentos/Exonerados
Diferencias entre las cifras del SENIAT y la LOCTI
Si el FONACIT detecta diferencias entre las cifras suministradas al SENIAT y las declaradas en su portal, posiblemente, le hará llegar al contribuyente un Compromiso de Pago para que éste proceda a cancelar la diferencia respectiva.
¿Cuándo debo cancelar la LOCTI 2021?
La LOCTI 2021 se debe declarar y pagar en el segundo trimestre posterior al cierre fiscal. Es decir, si una entidad cierra su ejercicio el 30 de abril de cada año, tendrá plazo de cumplir con este aporte desde el 01 de agosto hasta el 30 de octubre de ese mismo año.
¿Dónde debo presentar la declaración?
La declaración y registro del pago debe realizarse en el portal del FONACIT, cuya dirección es: http://sidcai.fonacit.gob.ve/. Para ello se deberán enviar una serie de recaudos, dependiendo si la empresa declara por primera vez o lo ha hecho en periodos anteriores. Dichos recaudos están claramente establecidos en este website.
La clave: combinar y reducir archivos
El documento constitutivo, que consta de varias páginas, antes de ser cargado se deberá combinar en un solo archivo. Se recomienda que antes de cargar los documentos en PDF se proceda a reducir su tamaño a fin de que no existan inconvenientes con el envío. Existen varias páginas en internet que prestan estos servicios de manera gratuita y dentro del portal del FONACIT encontramos un instructivo para llevar a cabo estas labores.
Ya envié los recaudos, ¿y ahora qué?
Una vez enviada la información de la empresa, ésta es revisada y...
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